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Tejiendo redes: TEA-mo

El día 17 de junio, la FACLM visitó a la nueva entidad adherida; TEA-mo. Nos desplazamos a Noblejas para conocer el funcionamiento de la asociación. TEA-mo es una asociación que nace por la iniciativa de un grupo de familias, ante la falta de recursos educativos y sociales, así como el vacío asociativo que existe para las personas afectadas por el trastorno del espectro del autismo en esta zona de la provincia de Toledo. La Asociación pretende determinar su área de influencia en la comarca rural de la Mesa de Ocaña, compuesta por 16 municipios (Cabañas de Yepes, Ciruelos, Dosbarrios, La Guardia, Huerta de Valdecarábanos, Lillo, Noblejas, Ocaña, Ontígola, Santa Cruz de la Zarza, Villamuelas, Villanueva de Bogas, Villarrubia de Santiago, Villasequilla, Villatobas y Yepes) cuyo conjunto suma alrededor de 45.000 habitantes.

Durante el encuentro se asentaron las bases para iniciar proyectos de forma conjunta, trabajaremos juntos para luchar por los derechos y mejorar la calidad de vida de las personas con TEA y la de sus familias.

Estamos seguras de que esta alianza tendrá frutos que beneficiarán a toda la sociedad.

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Nacer en una u otra comunidad condiciona la calidad de los servicios de atención temprana a los que puede acceder un/a menor con autismo

El informe analiza y compara la normativa existente en las diferentes comunidades autónomas españolas, que son las que ostentan las competencias en materia de atención temprana, ya que el ordenamiento jurídico español carece de normativa estatal que la regule.
Se conoce como “atención temprana” al conjunto de intervenciones dirigidas a la población infantil de 0 a 6 años diagnosticada de TEA (o en riesgo de presentarlo), a su familia y a su entorno, para dar respuesta lo más pronto posible a las necesidades que presenten en las primeras etapas del desarrollo evolutivo.

La principal conclusión que arroja el análisis es que nacer en una u otra comunidad autónoma condiciona la calidad, intensidad y precocidad de los servicios de atención temprana a los que puede acceder un/a menor diagnosticado de trastorno del espectro del autismo (TEA) o en riesgo de presentarlo. 

Como insiste Miguel Ángel de Casas, presidente de Autismo España, “el acceso a una atención temprana especializada resulta esencial para favorecer el desarrollo y la calidad de vida de los niños y niñas con TEA, al tiempo que favorece el bienestar emocional de las familias”. En la misma línea, Ruth Vidriales, directora técnica de la Confederación, señala que “los pronósticos de los niños y niñas con autismo son siempre más favorables cuanto más precozmente sean estimulados”.
Así, la investigación apunta a que los niños/as que son completamente no verbales y que comienzan la intervención en los primeros años preescolares, tienen muchas más probabilidades de volverse verbalesaquellos que comienzan la intervención después de los 5 años1. Además, insiste Vidriales, la atención temprana contribuye a la “prevención de la aparición de otras condiciones de salud mental o sintomatología añadida al TEA” en el largo plazo (por ejemplo, alteraciones de conducta, trastornos depresivos, problemas de ansiedad, etc.).
En este sentido, el análisis de Autismo España pone de manifiesto la gran disparidad normativa existente sobre atención temprana entre las comunidades autónomas, lo que conlleva importantes implicaciones para la igualdad de oportunidades de los y las menores en el espectro del autismo, existiendo importantes diferencias en relación a aspectos como:
– la regulación de los sistemas de atención temprana
– la edad de acceso y finalización de estos servicios
– la definición de los servicios, profesionales, frecuencia y metodología de la atención
Además, el estudio señala que no existen planes de transición o continuidad definidos para aquellos niños y niñas que dejan de tener derecho a los servicios de atención temprana por alcanzar cierta edad o por un cambio en su estatus de escolarización.
La atención temprana, una prioridad para Autismo España
En 2020, Autismo España puso en marcha una línea específica de Investigación para promover el conocimiento y las buenas prácticas en materia de detección, diagnóstico y atención temprana en el TEA, de la que se deriva el presente estudio. Y es que la atención temprana es una prioridad para el movimiento asociativo del autismo, como recoge la Estrategia Española en trastorno del espectro del autismo, aprobada en 2015 como marco de referencia para la definición de acciones estatales, autonómicas y locales que contribuyan a ofrecer, en todos los territorios, una orientación común que garantice la igualdad de oportunidades y el disfrute efectivo de los derechos de las personas con TEA y sus familias.

Diversos estudios apuntan a que la edad media de diagnóstico de TEA en Europa se sitúa entre los 2,5 y los 4 años, mientras que la de comienzo de intervención temprana está en los 3,5 años2. En España, se estima que, en algunas comunidades autónomas, hay más de 1.400 familias en la lista de espera de los servicios de atención temprana.
Reivindicaciones del movimiento asociativo del autismo
Por todo lo expuesto anteriormente, desde Autismo España, como entidad que representa a las personas con TEA y sus familias en nuestro país, reclamamos una atención temprana especializada e igualitaria en todo el territorio español para todos los niños y niñas de 0 a 6 años con diagnóstico de autismo o riesgo de presentarlo. Estos sistemas deben fundamentarse en prácticas basadas en la evidencia científica y en el conocimiento más actualizado respecto al desarrollo infantil y el TEA, además de incorporar un enfoque centrado en la familia y en el contexto natural de desarrollo de los menores.

En este sentido, se hace imprescindible:
– Armonizar los sistemas de atención temprana para evitar situaciones de desigualdad entre menores que, con condiciones de desarrollo equiparables, no reciben los mismos apoyos o servicios. Para ello, se deben fijar aspectos como las condiciones básicas de entrada y salida del sistema, un catálogo común de servicios o la intensidad en la prestación de los servicios.
– Agilizar la actividad administrativa, con el fin de evitar demoras en el acceso a la atención temprana que supongan consecuencias muy negativas para el o la menor, así como para su futura calidad de vida.
– Fomentar el uso por parte de las comunidades autónomas de una red de centros especializados en la atención a menores con TEA que asegure la coordinación posterior con otros sistemas y equipos profesionales de los ámbitos competentes (normalmente sanidad, asuntos sociales y educación), que tendrán un papel esencial en el desarrollo de los y las niñas con TEA.
– Conseguir que la Administración General del Estado dicte unas normas básicas que permitan la homogenización real de los distintos sistemas existentes en cada una de las comunidades autónomas.
– Realizar un seguimiento de la implantación, la actividad y el desarrollo de los distintos sistemas de atención temprana a través de una Comisión Interterritorial, con el fin de evaluar su funcionamiento y compartir e incorporar buenas prácticas.
Conviene recordar además que los sistemas de atención temprana están respaldados por los principales tratados internacionales aplicables a los niños y niñas con discapacidad, como la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Además, la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, incluye en su artículo 11 el reconocimiento al derecho de la atención integral y, de manera específica, establece en su apartado quinto: “Las Administraciones sanitarias, educativas y los servicios sociales competentes garantizarán de forma universal y con carácter integral la atención temprana desde el nacimiento hasta los seis años de edad de todo niño o niña con alteraciones o trastornos en el desarrollo o riesgo de padecerlos en el ámbito de cobertura de la ley, así como el apoyo al desarrollo infantil”.

 

Puedes descargar el informe AQUÍ

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Guía de buenas prácticas para una señalización accesible en edificios públicos.

El Grupo de Trabajo Andaluz de Accesibilidad Cognitiva, en el que participan Autismo Andalucía y Autismo Sevilla, dependiente de la  Dirección General de personas con Discapacidad e Inclusión, de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía, publica la Guía de buenas prácticas para una señalización accesible en edificios públicos

El objetivo de esta guía es romper con algunas de las barreras cognitivas de los edificios.

Se formula una solución de señalización y comunicación accesible que pueda servir de base para señalizar las distintas dependencias de los edificios públicos.

Con esta “Guía de buenas prácticas para una señalización accesible en edificios” se pretende:

  1. Crear un Catálogo de pictogramas accesibles para todas las personas, que ha pasado un proceso de selección de espacios a señalizar, un diseño y creación de pictogramas y varias fases de validación cognitiva (comprensión y percepción) con diversidad de colectivos que asegura su “universalidad”.
  2. Recomendar la ubicación, tamaño, contrastes y contextos en los que se deben utilizar esos pictogramas para que se beneficien los diferentes espacios y las diferentes personas.

Con estos objetivos se sentarán las bases para generar un sistema de señalización comprensible mediante pictogramas, ubicándolos de una manera correcta y que permita que las personas, independientemente de su diversidad intelectual y/o cognitiva, puedan orientarse, desplazarse, comunicarse, alcanzar, entender o manipular de la forma más autónoma posible en los diferentes espacios, evitando situaciones de desorientación, frustración, discriminación y/o exclusión social.

Fantástico trabajo, enhorabuena al Grupo de Trabajo Andaluz de Accesibilidad Cognitiva y gracias por compartir vuestro conocimiento.

 

Puedes ver la guía completa aquí

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Colaboración entre el SESCAM y Federación de Autismo de Castilla-La Mancha

Cristina Gómez Palomo, presidenta de la Federación Autismo Castilla-La Mancha y su equipo técnico, han mantenido una reunión en los servicios centrales del SESCAM, con Begoña Fernández Valverde; DG de Cuidados y Calidad y con Javier Carmona de la Morena; DG Atención Primaria.

Ha sido un gratificante encuentro, en el que se han establecido las bases para colaborar e implantar mejoras para avanzar en la detección precoz del autismo.

La FACLM ha recalcado la importancia de incluir una prueba de cribado (M-CHAT) en las revisiones del niño sano a los 18 y 24 meses, se trata de un cuestionario altamente fiable en la detección de señales relacionadas con el TEA. Esta prueba puede ayudar a una primera detección y por lo tanto a encaminar a padres y profesionales hacia la búsqueda de un diagnóstico especializado.

Actualmente, no es posible diagnosticar el TEA mediante marcadores biológicos, sino que se precisa de una valoración especializada basada en la observación y un análisis exhaustivo del comportamiento de la persona, realizada por un equipo multidisciplinar de profesionales con formación específica en TEA

Agradecemos enormemente la predisposición Begoña Fernández y Javier Carmona, para trabajar juntos y poder mejorar la calidad de vida de las personas con autismo y la de sus familias. Estamos seguras de que esta nueva alianza y el trabajo conjunto será beneficioso para todos.

JUNIO

JUNIO: INVESTIGACIÓN

El avance en innovación e investigación son imprescindibles para alcanzar una inclusión real de las personas con TEA en la sociedad. El incremento de las publicaciones científicas sobre los TEA a nivel internacional es innegable, lo que establece el camino para impulsar el conocimiento sobre los mismos y sobre la calidad de vida de las personas. No obstante, este incremento de investigación en la región de Castilla-La Mancha es muy inferior.

Es necesario promover la investigación y la transferencia de conocimiento sobre autismo, para propiciar el desarrollo y la implementación prácticas basadas en evidencia científica, para ello es importante conlaborar y contribuir al desarrollo de la investigación, así, estos avances tendrán repercusión directa y mejorarán la calidad de vida de las personas con TEA y la de sus familias.

Desde la Federación Autismo Castilla-La Mancha, solo apoyamos modelos con evidencia científica, que hayan demostrado teórica y prácticamente su eficacia, y siempre perseguiremos y denunciaremos aquellas prácticas sin evidencia científica, especialmente si son perjudiciales para la persona con TEA.

Este tipo de prácticas son claramente fraudulentas y solo contribuyen a generar desconcierto sobre los tratamientos avalados por la evidencia y a empañar la labor de los profesionales cualificados que trabajan cada día para mejorar la calidad de vida de las personas con TEA.

Siendo conscientes de las exigencias y complejidad del desarrollo de estas

investigaciones, y precisando de equipos estables y proyectos interdisciplinares, no podemos obviar la necesidad de seguir investigando sobre la situación de las personas con TEA y sus familiares

en nuestra región, así como de aquellas intervenciones que pueden ser realmente eficaces, para seguir trabajando por una inclusión real y por fomentar una adecuada y óptima calidad de vida.

Debemos propiciar la creación de una red de investigación consolidada en la región sobre el TEA, apoyar y fomentar la estabilidad de los equipos de investigación en TEA en Castilla-La Mancha, así como, promover el conocimiento sobre la situación de las personas con TEA y sus familias.

Es imprescindible potenciar y mantener sistemas de información coordinados entre las distintas provincias de la región, estableciendo actuaciones ajustadas a las necesidades del colectivo y las características de cada zona.

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Admisión a ciclos formativos. Programas Específicos de FP

Los Programas Específicos de Formación Profesional constituyen una medida extraordinaria de ajuste educativo para dar respuesta a las necesidades formativas de jóvenes en riesgo de exclusión educativa por condiciones personales de discapacidad, con un nivel de autonomía personal y social que conllevan expectativas razonables de empleabilidad.

Abierto el plazo de admisión de alumnado para los Programas Específicos de Formación Profesional

El plazo de presentación de las solicitudes es desde el día 27 de mayo al 11 de junio, ambos inclusive.

Los Programas Específicos de Formación Profesional están desarrollados como el resto de Enseñanzas de Formación Profesional por lo que el alumnado cursa módulos de conocimiento teórico-prácticos de duración variable cuyo objetivo es la adquisición de las competencias profesionales, personales y sociales que garanticen el desarrollo de las competencias del aprendizaje permanente a lo largo de la vida.

Consulta toda la información aquí

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Estamos de celebración por la reforma del artículo 49 de la Constitución

Por fin se aprueba la reformulación completamente el artículo 49, dedicado a las personas con discapacidad, el termino quedaba completamente desfasado con la sociedad actual, dada la evolución que ha experimentado la concepción y el enfoque de la discapacidad como una cuestión de derechos humanos.

El nuevo artículo actualiza la terminología desterrando la palabra disminuidos que es hiriente y no encaja con el modelo social de la discapacidad”. Sin embargo, aparte del cambio de nomenclatura, esta reforma va mucho más allá puesto que establece un nuevo artículo mucho más amplio e integral que cristaliza la visión de derechos humanos de acuerdo con el marco internacional y europeo, además de prohibir expresamente cualquier tipo de discriminación.

 

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Día histórico para la discapacidad y lo social en España

Tras la aprobación, este martes, por el Consejo de Ministros del proyecto de reforma del artículo 49 de la Constitución, que pasa a las Cortes

 

(Madrid, 11 de mayo de 2021). – El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha calificado de “día histórico” para la discapacidad y lo social el proyecto de reforma del artículo 49 de la Constitución Española, que ha sido aprobado este martes por el Consejo de Ministros y que ahora pasa a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria.

Se trata de una jornada trascendental para las personas con discapacidad y sus familias en España y también para todo el ámbito de lo social ya que, en sus más de cuatro décadas de vigencia “es la primera reforma de la Constitución Española de 1978 que tiene clara y netamente un contenido social”.

El objetivo es reformular completamente el artículo 49, dedicado a las personas con discapacidad, que según CERMI había quedado “desalineado y anticuado” dada la evolución que ha experimentado la concepción y el enfoque de la discapacidad como una “cuestión de derechos humanos”.

El nuevo artículo actualiza la terminología desterrando la palabra disminuidos que para CERMI es “hiriente y no encaja con el modelo social de la discapacidad”. Sin embargo, aparte del cambio de nomenclatura, para la entidad esta reforma “va mucho más allá” puesto que establece un nuevo artículo mucho más amplio e integral que cristaliza la visión de derechos humanos de acuerdo con el marco internacional y europeo, además de prohibir expresamente cualquier tipo de discriminación.

En este sentido, el CERMI solicita cuando llegue al Parlamento el apoyo de todas las fuerzas políticas puesto que el proyecto ha sido construido “desde la consulta, el diálogo y el consenso previos tanto en sede parlamentaria como con el sector social que representa a las personas con discapacidad y sus familias”. El CERMI espera de los grupos un respaldo constructivo y en su caso mejoras que lo perfeccionen y amplíen, siempre con voluntad de acuerdo.

Además, según el presidente de CERMI, Luis Cayo Pérez Bueno, “esta reforma situará a España en el rango constitucional como uno de los países con legislación fundamental más avanzada en materia de personas con discapacidad”. Por ello, Pérez Bueno la ha considerado como “una buena propuesta” que “si bien puede ser mejorada en ciertos aspectos en el trámite parlamentario, puede ser precursora de futuras reformas de carácter social de más amplio calado, como la constitucionalización como fundamentales de los derechos sociales”.

Por último, ha recordado la importancia y el gran calado que esto tiene para todo el sector social de la discapacidad en la historia democrática puesto se da un paso “muy firme y muy decidido” en hacer real esa definición que la Constitución vigente ofrece de España como Estado social, democrático y de derecho, “poniendo el acento en lo social”.

El CERMI agradece la determinación política del Gobierno de aprobar este proyecto y apela a la alta responsabilidad de todos los actores políticos concernidos para que termine siendo, una vez aprobado, un gran logro país.

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DÍA NACIONAL EN ESPAÑA DE LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

MANIFIESTO DEL MOVIMIENTO CERMI CON MOTIVO DEL 3 DE MAYO DE 2021

POR EL DERECHO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDADA UNA VIVIENDA ACCESIBLE, ASEQUIBLE E INCLUSIVA  

Los entornos donde la gente habita y reside, las viviendas, deben ser espacios de inclusión y acogida, de libertad y de seguridad, de privacidad y de relación, comunicación e interacción con la comunidad. La diversidad humana que entraña la discapacidad ha de ser tenida muy en cuenta en la ordenación y aseguramiento del derecho a la vivienda. La vivienda es en sí mismo un bien, personal y social, pero también es un presupuesto ineludible para conquistar la inclusión, que, en el caso de las personas con discapacidad, comporta participar plenamente en la corriente general de la vida social, pudiendo por tanto elegir dónde, cómo y con quién vivir, sin imposiciones, y sin verse obligadas a habitar en entornos específicos y separados, al margen de la vida en comunidad.

Las personas con discapacidad -mujeres y hombres- gozan del derecho humano a elegir dónde, como y con quién o quiénes desean vivir. La inclusión en la comunidad y llevar una vida independiente pasa para las personas con discapacidad por disponer de una vivienda digna y adecuada. Así lo establecen los artículos 28, 19 y 9 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, firmada y ratificada por España, plenamente vigente y exigible en nuestro sistema jurídico. También la Constitución Española, en su artículo 47, proclama el derecho de toda la ciudadanía a disfrutar de una vivienda, el cual abarca por supuesto a las personas con discapacidad. Por su parte, Naciones Unidas, en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) tiene muy presente el derecho a la vivienda. En el ODS nº11, dedicado a “Ciudades y Comunidades Sostenibles para lograr núcleos urbanos resilientes y sostenibles”, proclama la necesidad de avanzar en el sentido de crear entornos más humanos e inclusivos. La meta 11.1 está encaminada hasta 2030, a asegurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles y mejorar los barrios marginales. Para que una vivienda o entorno habitacional, que tienen el rango de bien social básico, sean dignos y adecuados para las personas con discapacidad, estos han de ser accesibles, asequibles e inclusivos.

En atención a la importancia de la vivienda para el proceso de inclusión y participación comunitaria de las personas con discapacidad, con motivo del 3 de mayo de 2021, Día Nacional en España de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el movimiento social de la discapacidad reclama la garantía por parte de los poderes públicos de una

VIVIENDA ACCESIBLE, ASEQUIBLE E INCLUSIVA

Presupuesto previo: Como en cualquier otro ámbito, en relación con el derecho a la vivienda, la persona con discapacidad debe estar situada en el centro de todas las decisiones que le afecten, reconociendo que es titular en plenitud de derechos, lo cual genera como contrapartida la responsabilidad del Estado, de las administraciones, del mercado y de los distintos operadores en su respeto, aplicación y garantía.

La diversidad y pluralidad de las personas con discapacidad han de tener asimismo su reflejo en los mecanismos para hacer efectivo el derecho a la vivienda, considerando y haciendo frente a la discriminación interseccional. Las mujeres y niñas con discapacidad, por su situación estructural de mayor exclusión en todos los órdenes, deben recibir una atención prioritaria y acomodada a su realidad en todas las respuestas de las políticas oficiales de vivienda.

El derecho a la vivienda en comunidad es para todas las personas independientemente de sus requerimientos de apoyos, también y sobre todo para las personas con mayores necesidades. El porcentaje de personas institucionalizadas aumenta significativamente cuando la persona presenta un perfil de apoyos más extenso y complejo. Toda persona tiene derecho a vivir en su domicilio con el soporte que precisa y perteneciendo y participando de su comunidad.

El derecho a una vivienda digna y adecuada de las personas con discapacidad debe abordarse como parte de la legislación y las políticas públicas generales de vivienda, del que es un elemento más. En este ámbito amplio que abarca toda la acción pública en materia de vivienda, es necesario llevar a efecto dos medidas de calado, por un lado, la aprobación de una Ley General de Garantía del Derecho Social a la Vivienda, así como aumentar el parque público de vivienda, dedicando al menos el 2 por 100 del Producto Interior Bruto a asegurar esta finalidad.

Por una vivienda accesible: La accesibilidad universal debe ser la norma que guíe todos y cada uno de los principios, mandatos y actuaciones de las políticas públicas y normativas vinculadas a la vivienda, ya que de lo contrario se excluirá a las personas con discapacidad y por tanto serán discriminadas. Además, la prolongación de la esperanza de vida de amplias capas de la población refuerza la exigencia de adaptar el parque construido para garantizar que ninguna persona quede aislada en su vivienda, recluida por ausencia de condiciones de accesibilidad y diseño universales. Accesibilidad que deberá girar en torno a tres ejes: las medidas de accesibilidad universal propiamente dichas (arquitectónicas, comunicacionales y cognitivas), el diseño para todas las personas, las adecuaciones los ajustes razonables para los entornos preexistentes.

La accesibilidad del bien básico de la vivienda pasa, aquí y ahora, por que la agenda política asuma con convicción y resuelva con urgencia estas demandas:

  • Reforma de la Ley de Propiedad Horizontal.

Desde el movimiento CERMI, reiteramos la reclamación histórica de que se proceda a la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal, para que las obras y actuaciones de accesibilidad sean obligatorias para la comunidad de propietarios cuando venga solicitadas por vecinos con discapacidad o mayores de 70 años, con independencia de su coste; la accesibilidad universal es una obligación de la comunidad, y no debe conocer ninguna excepción, reducción o rebaja, en atención a la cuantía de la actuación.

  • Información de accesibilidad universal en la ficha del edificio obrante en el Registro de la Propiedad y en los canales y soportes administrativos de edificación.

El CERMI propugna el impulso de reformas normativas en la legislación registral y de la edificación, para que el Registro de la Propiedad recoja datos sobre las condiciones de accesibilidad de los inmuebles, edificios y viviendas, para que los potenciales adquirentes y usuarios con discapacidad o en cuya unidad familiar haya una persona con discapacidad, puedan conocer de antemano esta información tan relevante y facilitar su decisión de compra o arrendamiento, de manera similar a la valoración de la eficiencia energética.

De igual modo, en el plano administrativo, los informes de inspección técnica de edificios han de contener necesariamente un documento de evaluación de la accesibilidad, quedando condicionada cualquier ayuda pública posible a que se resuelvan las deficiencias en esta materia detectadas en los mismos.

  • Creación de Fondos Públicos de Rehabilitación del parque de inmuebles y edificios preexistente que no reúnan condiciones de accesibilidad y usabilidad.

Los poderes públicos han de crear fondos y líneas de financiación para la rehabilitación del parque de inmuebles y edificios preexistentes destinados a la vivienda, que no reúnan las condiciones y criterios de calidad arquitectónica (incluida la accesibilidad universal en sentido amplio, incluyendo no solo la accesibilidad física, sino también sensorial, de acceso a la información y a la comunicación, y cognitiva) y de eficiencia energética.

En especial, los nuevos recursos procedentes de la Unión Europea -fondos de recuperación, transformación y resiliencia- para afrontar la crisis creada por la pandemia del coronavirus han de dirigirse en parte muy notable a la rehabilitación de viviendas para hacerlas accesibles y sostenibles, condicionándose toda ayuda en materia de eficiencia energética y sostenibilidad a que se acometan también actuaciones que aseguren la accesibilidad universal.

  • Creación de un Fondo Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal.

Cada Administración -estatal, autonómica y local- ha de crear un Fondo Público de Promoción de Accesibilidad Universal nutrido con el 1,5 % de los Presupuestos que dedique a infraestructuras, agenda urbana, movilidad y transportes, así como a transformación digital y telecomunicaciones, a financiar iniciativas, programas y proyectos de accesibilidad universal, de modo similar o análogo al 1,5 % cultural (ya regulado), destinado a la protección y valorización de patrimonio artístico y cultural español.

  • Establecimiento por los poderes públicos y Administraciones de una oferta viva, actualizada, transparente y suficiente de viviendas accesibles.

Las Administraciones competentes han de desplegar políticas oficiales y adoptar medidas que proporcionen y mantengan una oferta pública de viviendas accesibles a disposición de las personas con discapacidad que las puedan necesitar, que responda a las demandas y a los perfiles de las distintas situaciones de discapacidad.

Por una vivienda asequible: Las personas con discapacidad, en general, presentan una elevada dependencia de instancias ajenas a la propia persona, al entorno familiar o a prestaciones o recursos públicos o de la sociedad civil. Fundamentalmente, porque ingresan menos y tanto ellas como sus familias soportan más gastos por razón de discapacidad -el llamado agravio económico-, lo cual las coloca en situación de dificultad objetiva para ejercer su autonomía personal y su derecho a llevar vida independiente. Nadie, por razón de discapacidad, que acentúa la falta de recursos económicos, debe quedar excluido de una vivienda digna y adecuada. Las personas con discapacidad y las familias que tienen un miembro con discapacidad deben ser pues grupo preferente en las políticas públicas de vivienda, que han de compensar los déficits de partida que estas sufren y proporcionar con el rango de derecho soluciones habitacionales dignas, adecuadas y libremente elegidas.

Por una vivienda inclusiva base para una vida independiente en el entorno comunitario: Las personas con discapacidad necesitan nuevas formas de habitabilidad y convivencia, con enfoque inclusivo e innovador, que permita la vida independiente en la comunidad de pertenencia y la participación social de grupos tradicionalmente excluidos que han estado sometidos a formas de vida apartada y separada. Las políticas sociales y las de vivienda han de aunarse para que se produzca mediante estrategias públicas vigorosas un tránsito a formas de vida inclusiva e independiente, que haga efectivo para las personas con discapacidad su derecho a elegir dónde, cómo y con quién vivir, garantizando los apoyos que lo hagan posible. Para ello, es preciso generalizar prestaciones sociales como la de la asistencia personal, que han de estar al alcance de toda persona con discapacidad con necesidades de apoyo para su autonomía y participación comunitaria.

La innovación ha de formar parte también de un derecho a la vivienda reforzado. Los poderes públicos han regular y estimular por medio de políticas públicas eficaces formas de convivencia innovadoras como la vivienda colaborativa, entendida como solución habitacional promovida y participada por las propias personas o grupos, que generan así entornos de vida independiente y en común, compartidos, cooperativos, sostenibles e inclusivos.

 Diálogo civil en las políticas de vivienda: Las políticas públicas de vivienda, en todas sus dimensiones, deben estar presididas y permeadas por el principio de diálogo civil, en virtud del cual las organizaciones representativas de personas con discapacidad y de sus familias participan, en los términos que establecen las leyes, en la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de los asuntos públicos que les conciernen. Hay que fortalecer, mediante una práctica activa, un diálogo permanente con las organizaciones de discapacidad a la hora de configurar las políticas públicas, ya que de lo contrario serán excluyentes. El movimiento social organizado de la discapacidad debe formar parte de las consultas, los canales, los foros y los órganos de participación en materia de vivienda. La discapacidad organizada y el Tercer Sector de Acción Social han de ser considerados como agentes/operadores cívicos de referencia en la cocreación y cogobernanza de las políticas públicas oficiales de vivienda, en todos sus niveles.

 Protección judicial del derecho a la vivienda: Las personas con discapacidad siguen encontrando barreras de entidad en el acceso a la Justicia, lo que pone en riesgo la defensa y garantía de su derecho humano a una vivienda digna y adecuada. Especial significación tienen los casos de desalojo forzoso de la vivienda habitual o las reclamaciones para incluir medidas de accesibilidad en las comunidades de propietarios. En este sentido, se deben establecer mecanismos de denuncia y rendición de cuentas accesibles e inclusivos, una adecuada coordinación con el sistema publico de servicios sociales generando un espacio de acción socio-habitacional, y garantizar que los tribunales estén autorizados y dotados de recursos adecuados para tramitar y resolver demandas relacionadas con el derecho de las personas con discapacidad una vivienda, protegiendo a la persona de cualquier represalia o presión indebida. También, deben promoverse por las Administraciones competentes servicios de mediación, de carácter extrajudicial, que aceleren y faciliten la solución de las controversias en las que se pueden ver inmersas las personas con discapacidad en el ejercicio de su derecho a una vivienda accesible, asequible e inclusiva.

 

 

MAYO

MAYO: EMPLEO

El colectivo de personas con TEA presenta un elevado riesgo de exclusión y enormes dificultades de inclusión en el mercado laboral. Las cifras de desempleo son realmente alarmantes, lo que sitúa a las personas con autismo en una posición social especialmente grave, a la vez que incrementa la brecha para posibilitar su participación activa y productiva, viendo vulnerados con frecuencia derechos fundamentales que poseen como cualquier otro ciudadano.

 

La falta de información y conocimiento sobre los TEA en la sociedad, provoca una serie de ideas preconcebidas sobre el colectivo que no favorece la generación de oportunidades de participación y de acceso al mundo laboral. Encontramos un índice de desempleo de entre el 80 y el 90% entre la población con TEA en edad laboral, que tan solo podremos disminuir, mejorando la propia empleabilidad de las personas con programas de formación profesional adaptados a ellos, y mejorando el conocimiento del colectivo en el tejido empresarial.

Debemos avanzar en la inclusión laboral para las personas con TEA, demostrando que la estructuración ambiental en entornos laborales es posible y eficaz, potenciando así un adecuado funcionamiento social, abriendo las puertas al mercado laboral y con ello contribuir a su desarrollo pleno como individuos autónomos e independientes.

Es necesario promover proyectos de inclusión sociolaboral en la modalidad de empleo con apoyo y crear itinerarios de formación para el empleo, adaptados a personas con TEA, además de potenciar la Responsabilidad Social Corporativa abriendo la puerta de las empresas a personas con TEA mediante ayudas y bonificaciones para la adaptación, además de apoyar a las empresas que implementen políticas de mejora de la accesibilidad cognitiva para personas con TEA, guiados en dicha implementación por profesional especializado.