Estamos de celebración por la reforma del artículo 49 de la Constitución
Por fin se aprueba la reformulación completamente el artículo 49, dedicado a las personas con discapacidad, el termino quedaba completamente desfasado con la sociedad actual, dada la evolución que ha experimentado la concepción y el enfoque de la discapacidad como una cuestión de derechos humanos.
El nuevo artículo actualiza la terminología desterrando la palabra disminuidos que es hiriente y no encaja con el modelo social de la discapacidad”. Sin embargo, aparte del cambio de nomenclatura, esta reforma va mucho más allá puesto que establece un nuevo artículo mucho más amplio e integral que cristaliza la visión de derechos humanos de acuerdo con el marco internacional y europeo, además de prohibir expresamente cualquier tipo de discriminación.
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